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31.01.20

Mis razones para votar que no (V): Calendario imposible

(El Líbero) El calendario del proceso electoral chileno —que se superpone con el calendario electoral de las contiendas municipales, regionales, legislativas y presidenciales de 2020 y 2021— nos recuerda que el Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución se redactó apresuradamente entre gallos y medianoche.
Por Patricio Navia

(El Líbero) 

El calendario del proceso constituyente devela errores evidentes en el diseño de lo que debiera ser el proceso de reorganización institucional más trascendental y legítimo que pudiera tener Chile en sus 200 años de historia independiente. Porque es fácil anticipar que una carta Gantt deficiente obstaculizará el éxito de todo el proyecto, el mal diseño del calendario electoral del proceso constituyente debiera ser razón suficiente para que cualquier persona razonable dude de la conveniencia de votar a favor de éste.

De acuerdo a la agenda establecida en el Acuerdo por la Paz Social (sic) y la Nueva Constitución, el proceso se inicia con el plebiscito de 26 de abril. En caso de una victoria del Apruebo, se inicia formalmente el proceso constituyente. El 26 de abril los chilenos también deberán escoger entre una Convención Mixta (86 miembros electos y 86 legisladores provenientes del Congreso) y una Convención Constituyente (155 miembros electos). Por cierto, sospecho que la razón por la que la convención mixta sorpresivamente parece tener tanto apoyo en las encuestas se debe a que mucha gente que está a favor de la paridad de género pudiera equivocadamente pensar que la convención mixta propone un igual número de hombres y mujeres.

De cualquier forma, en caso de ganar el Apruebo, en agosto se iniciará la campaña para la elección de miembros a la Convención Constituyente que se realizará el 25 de octubre. Pero ese día también se celebrará la elección de alcaldes, concejales y —a menos que se materialicen los rumores sobre su posible cancelación— de gobernadores regionales (una contienda inédita en la historia nacional).

La coincidencia de los dos procesos electorales tiene ventajas y desventajas. El proceso electoral municipal y regional se inicia en el mes de abril con la inscripción de candidaturas a las primarias para escoger candidatos —solo en los casos en que los partidos opten por hacerlo. Esas primarias se celebrarán el 7 de junio de 2020.  Parece razonable reducir la ya excesiva realización de contiendas electorales en 2020. El plebiscito de abril, las primarias de junio y las elecciones de octubre ya constituirán un récord de momentos electorales para un solo año en la historia democrática de Chile. Pero el hecho de combinar el proceso constituyente con las elecciones de alcaldes, concejales y gobernadores regionales inevitablemente contaminará las campañas y aumentará excesivamente la cantidad de candidatos en la boleta electoral. En cualquier comuna del país será normal que haya más de 100 candidatos entre los que escoger alcalde, concejales, gobernadores y miembros de la convención constituyente.

Como los resultados de la elección del 25 de octubre deben ser ratificados por el Tribunal Electoral, la Convención Constituyente recién comenzará a sesionar en la segunda quincena de noviembre. Como tiene un mandato de nueve meses —prorrogable por otros tres— para proponer una constitución, resulta razonable anticipar que recién tendremos una propuesta de nueva constitución a fines de noviembre de 2021. Una vez finalizado el trabajo de la Convención, habrá un nuevo plebiscito —el plebiscito de salida— en el que los chilenos aceptarán o rechazarán la propuesta de nueva constitución. Ese plebiscito se realizará no antes de enero de 2022.

Pero a la par del trabajo constituyente, en junio de 2021, se deberán realizar las primarias para las elecciones presidenciales y legislativas de ese año. Luego, en septiembre de 2021 comenzará la campaña. La primera vuelta de la elección presidencial se realizará el 21 de noviembre de 2021. En caso de ser necesaria, habrá una segunda vuelta el 19 de diciembre de 2021.

Esto significa que es altamente probable que el nuevo presidente y el nuevo congreso se elijan con las reglas de la constitución actual. Luego, si la Convención Constituyente decide, por ejemplo, que Chile tenga un sistema unicameral, habrá un problema práctico de implementación. La Convención Constituyente estará todavía redactando la constitución para cuando comience el proceso electoral de 2021. Habrá una evidente confusión entre las reglas viejas —que estarán vigentes— y las reglas nuevas —que deberán ser ratificadas en el plebiscito de salida para tomar efecto. Las autoridades que asuman en marzo de 2022 habrán sido electas con las reglas antiguas, pero deberán comenzar a gobernar con las nuevas reglas —en caso de que, en el plebiscito de salida, los chilenos acepten la propuesta hecha por la Convención Constituyente. Parece razonable anticipar que el resultado de ese plebiscito de salida va a estar parcialmente influenciado por la posición que tome respecto a la propuesta de nueva constitución el Presidente recientemente electo a fines de 2021.

El calendario del proceso electoral —que se superpone con el calendario electoral de las contiendas municipales, regionales, legislativas y presidenciales de 2020 y 2021— nos recuerda que el Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución se redactó apresuradamente entre gallos y medianoche. La inconveniente superposición del calendario electoral vigente con la del proceso constituyente representa una poderosa razón para votar Rechazo en el plebiscito de abril.

Fuente: El Líbero (Santiago, Chile)