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07.12.12

La posición común europea sobre Cuba y el compromiso internacional con los Derechos Humanos

El problema de la posición común de la UE hacia Cuba ha sido el incumplimiento de la misma y la falta de compromiso internacional con los Derechos Humanos por parte de muchos de los países –Italia y Francia, por ejemplo- o, en el caso de España, no haber sido adoptada como política de estado de los distintos gobiernos.
Por Gabriel C. Salvia

La posición común sobre Cuba, adoptada el 2 de diciembre de 1996 por la Unión Europea, es un antecedente muy valioso de política exterior en materia de Derechos Humanos al que sin embargo algunos analistas lo califican como “contraproducente”.

En palabras de Susanne Gratius, Investigadora Senior de FRIDE, “la práctica política señala que el condicionamiento y la presión no son instrumentos idóneos para promover la democracia”. Aunque ejemplos como las incesantes presiones internacionales a la dictadura de Augusto Pinochet en Chile o al régimen del apartheid en Sudáfrica que incluía un amplio embargo, refutan lo expresado por la analista del prestigioso think tank español.

Pero aunque la denuncia internacional y los reclamos de apertura política a una dictadura efectivamente no logren sus objetivos, desde la perspectiva democrática es inadmisible aceptar que autoridades ilegítimas, como en este caso las de Cuba, hagan prevalecer sus condiciones y mucho menos ante la Unión Europea, cuyos estados miembro deben garantizar internamente la vigencia de las libertades civiles y políticas.

En el caso de la posición común de la UE hacia Cuba el problema ha sido el incumplimiento de la misma y la falta de compromiso internacional con los Derechos Humanos por parte de muchos de los países –Italia y Francia, por ejemplo- o, en el caso de España, no haber sido adoptada como política de estado de los distintos gobiernos.

En realidad, el único cuestionamiento serio a la Posición Común de la UE sobre Cuba es respecto al punto 3 inciso d, referido a evaluar “la evolución de la política interior y exterior cubana según las mismas normas que aplica la Unión Europea a sus relaciones con otros países, en particular la ratificación y cumplimiento de los convenios internacionales sobre los derechos humanos”. Esto es, la inconsecuencia en no adoptar con otras dictaduras, como China, Arabia Saudita o Bahrein, la misma firmeza que impulsan respecto a Cuba. En todo caso, en lugar de dejar sin efecto la Posición Común de la UE hacia Cuba, sería deseable para la promoción internacional de los Derechos Humanos, extender la misma a países igualmente represivos.   

Salvo el mencionado cuestionamiento, cuesta entender la idea de dar marcha atrás frente a una posición comprometidamente progresista que, por ejemplo, establece: “La Unión Europea considera que una plena cooperación con Cuba dependerá de las mejoras en el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales”. ¿Acaso puede ser otra la política exterior democrática frente a una dictadura?

Gabriel C. Salvia es Director General del Centro para la Apertura y el Desarrollo de América Latina (CADAL).