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11.07.18

¿Control político de la investigación científica en Uruguay?

(El Observador) ¿Acaso temen nuestras autoridades que los científicos, al estudiar los peces, encuentren problemas, por ejemplo, de contaminación? ¿Acaso temen que la divulgación de este tipo de datos pueda afectar la imagen del país y/o el desarrollo económico? Como ciudadano, me inspira mucho más temor que si hay problemas de esta naturaleza no podamos conocerlos a tiempo.
Por Adolfo Garcé

(El Observador) El puente entre científicos y expertos, en una orilla, y autoridades de gobierno, en la otra, en todos lados es estrecho y frágil. Uruguay está lejos de ser la excepción a esta regla general. Quiero ocuparme de un episodio reciente que ilustra bien este punto. Me refiero a la discusión, que ha venido cobrando estado público, sobre las nuevas normas que regulan la pesca en Uruguay. No soy un experto en el tema, y estoy dispuesto a dejarme convencer por buenos argumentos. Pero algunos aspectos de la Ley de Recursos Hidrobiológicos (19.175), aprobada en diciembre de 2013, y del Decreto que la reglamentó (115/018), publicado en mayo de 2018, prima facie, parecen fuera de lugar, y un ejemplo de manual de este rasgo estructural, tan problemático, de la política uruguaya.

Quiero empezar, como corresponde, por el medio vaso lleno. Ambas normas, la ley y su decreto reglamentario, constituyen un esfuerzo encomiable por actualizar las disposiciones vigentes, cuya normativa básica se remonta a la Ley de Pesca (13.833) del año 1969. La nueva ley es detallada y extensa. Basta transcribir el primero de sus 91 artículos para tener una idea de su ambición y relevancia: "Artículo 1º. (Interés general y soberanía alimentaria).- Se declara de interés general la conservación, la investigación, el desarrollo sostenible y el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos y los ecosistemas que los contienen. Se reconoce que la pesca y la acuicultura son actividades que fortalecen la soberanía territorial y alimentaria de la nación. A tales efectos el Estado implementará las acciones necesarias para asegurar el suministro de productos pesqueros a la población en cantidad, calidad, oportunidad y precio. El decreto es aún más extenso: 149 artículos.

Más allá de sus méritos, las nuevas disposiciones tienen aspectos muy polémicos. La sección II del capítulo IV de la ley de 2013 establece que, para llevar adelante "pesca de investigación científica", hay que tramitar un permiso siguiendo las normas que Dinara "considere oportuno establecer". Esta exigencia, de por sí, es preocupante y evidencia un celo regulador excesivo. Al fin de cuentas, ¿por qué habría que pedirle permiso al gobierno para investigar? Pero la paciencia de los investigadores de la Facultad de Ciencias se colmó este año, una vez que se conoció la reglamentación. El artículo 44 del decreto dice que para obtener el permiso hay que presentar todos los detalles del proyecto de investigación. No queda claro por qué Dinara podría juzgar la calidad académica de una actividad científica. Pero, además, el artículo 44 limita la divulgación de los resultados de la investigación. Al presentar su proyecto, el equipo debe asumir el compromiso de "no dar a publicidad a cualquier tipo de información, especialmente de los datos obtenidos, sin autorización expresa de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos" (sic).

Me parece muy importante que la ciudadanía pueda conocer los fundamentos de estas limitaciones. Espero que tengan muy buenas razones. No puedo descartar que, por ejemplo, se hayan inspirado en normas o prácticas internacionales. En ese caso, valdría la pena saber en cuáles, y por qué se estima que dichas "buenas prácticas" podrían ser transferidas exitosamente a nuestro país. Pero se me ocurren otras preguntas, mucho más inquietantes. ¿Acaso temen nuestras autoridades que los científicos, al estudiar los peces, encuentren problemas, por ejemplo, de contaminación? ¿Acaso temen que la divulgación de este tipo de datos pueda afectar la imagen del país y/o el desarrollo económico? Como ciudadano, me inspira mucho más temor que si hay problemas de esta naturaleza no podamos conocerlos a tiempo.

Desde mi punto de vista, y sin perjuicio de defender "la utilidad del conocimiento inútil", para usar una expresión célebre, los universitarios podemos y debemos aceptar que cada gobierno, en función de sus prioridades, incentive la investigación científica que considera más directamente relevante. De hecho, en Uruguay, esto se hace especialmente a través de ANII. Pero no podemos aceptar que ningún gobierno decida si podemos publicar o no los resultados de nuestros trabajos de investigación. A menos, desde luego, que estas investigaciones hayan sido demandadas directamente por una agencia del Estado. En otros términos: si el MGAP quiere poder decidir qué investigaciones se hacen o se dejan de hacer, y qué resultados se publican o se dejan de publicar, deben contratar sus propias investigaciones con sus propios recursos.

Las autoridades de la Udelar, empezando por el decano de Facultad de Ciencias, han tomado cartas en el asunto. La semana pasada una delegación fue recibida por el ministro Enzo Benech, quien manifestó que hay "total voluntad" de tener en cuenta los "comentarios de la academia". Excelente. Mientras tanto, parece necesario ir conociendo el punto de vista de otros actores muy importantes. ¿Qué piensa el Consejo Directivo Central de Udelar? ¿Qué tienen para decir nuestros "rectorables"? ¿Qué opinan al respecto las autoridades de la ANII? ¿Acaso un decreto como este no desestimula la investigación sobre temas centrales para el desarrollo nacional? ¿Qué piensa, finalmente, la Academia Nacional de Ciencias del Uruguay?

Fuente: El Observador (Montevideo, Uruguay)