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14.02.19

La nueva Constitución estalinista y la represión

(Cubaencuentro) La unidad de poderes anula la posibilidad de la justicia y los derechos en Cuba
Por Marlene Azor Hernández

(Cubaencuentro) Cada vez que leo a los “especialistas”, funcionarios públicos cubanos proclamar la unidad de poderes en el régimen político cubano por razones de “tradición histórica y cultural” constato la esquizofrenia del discurso oficial cubano. Se borran de un plumazo todas las constituciones republicanas anteriores a 1959 que proclaman la división de poderes, y se relativiza las tradiciones y la cultura nacional a cualquier arbitrariedad e irresponsabilidad histórica que se le ocurra al discurso oficial cubano.

En los países africanos y del Medio Oriente se continúa con las prácticas de ablación contra las niñas y la lapidación a homosexuales o por infidelidad conyugal a las mujeres. La justificación de los gobiernos: es una “tradición histórica y cultural”. ¿Son válidas la tradición y la cultura leídas por un partido político en el poder frente a las violaciones de los derechos humanos universales? No son válidas, legitimas ni legales.

No son válidas por excluir a gran parte de la comunidad que dirigen[1], no son legítimas porque no se someten al voto ciudadano libre, no son legales porque contradicen el derecho internacional al cual dicen someterse como estados al reconocer a Naciones Unidas como órgano de consenso político internacional y de resolución de conflictos.

Lamentablemente las fronteras entre el especialista y el funcionario público se borran de manera absoluta en el régimen político cubano porque los especialistas-funcionarios son cooptados por su lealtad política al PCC y no por sus competencias y desempeño. Los funcionarios públicos cubanos se permiten decir los disparates más arbitrarios gracias a una opinión pública amordazada y el monopolio de los medios de difusión por parte del Partido-Estado. Así se inculca de manera cotidiana, el embrutecimiento y la desinformación a la población cubana.

La nueva Constitución, reproduce la jurisprudencia soviética estalinista en tres aspectos fundamentales:

  • La unidad de poderes que anula los contrapesos de poderes al gobierno y al partido único en el poder.
  • El partido único se mantiene por encima y al margen de la ley, no existe control público sobre sus decisiones y funcionamiento y no existe ley que lo regule.
  • Como la Constitución estalinista de 1976, no existen garantías constitucionales, jurídicas ni procedimentales para reivindicar y justiciar las violaciones de todos los derechos humanos universales en el país.

A pesar de haber sido propuesto por los ciudadanos[2], la nueva Constitución no incorporó dos instituciones claves para el control de la aplicación de la Constitución y sus violaciones, tampoco una Comisión Nacional de Derechos Humanos que monitoree y dictamine las violaciones a los derechos humanos en Cuba por particulares o por instituciones y autoridades estatales y partidarias. El ciudadano sigue desarmado frente al poder del Partido-estado y de los actos delincuenciales, al margen de la ley, del MININT.

Si revisamos el capítulo VI Garantías de los derechos, en la nueva Constitución, sólo el artículo 97 es novedoso sobre el derecho a conocer la información personal que se maneja en las instituciones públicas, pedir la confidencialidad debida y actualizarla. Para conocer los expedientes ocultos sobre cada uno que acumula la seguridad del estado cubana habrá que esperar el derrumbe de la dictadura como ocurrió en Alemania del Este.

Se agrega también la palabra indemnización cuando se violan los derechos por particulares y por funcionarios y autoridades del estado. Salvo estos dos aspectos no hay nada novedoso. Las garantías no son tales porque esos mismos supuestos derechos existen en la Constitución de 1976 aunque se violen sistemáticamente y estén dichas con otro lenguaje.

Llama la atención el artículo 95 inciso b sobre el derecho a la asistencia letrada desde el inicio del proceso. La palabra “proceso” deja abierta la posibilidad para entenderse como el momento del inicio del juicio oral, o el momento del dictamen fiscal sobre prisión preventiva o cualquier otro momento, pero no precisa que esa asistencia debe ser desde el inicio del arresto como había sido propuesto por los ciudadanos. El habeas corpus desapareció como derecho del anteproyecto a la Constitución aprobada por el Parlamento, también el artículo que definía la interpretación de los derechos de acuerdo a las convenciones internacionales ratificadas por el Gobierno cubano. Esto es un retroceso en la Constitución aprobada con respecto al proyecto de Constitución.

La unidad de poderes, la ausencia de un Tribunal Constitucional y de una Comisión Nacional de Derechos Humanos independientes al PCC, anula la posibilidad de obtener justicia frente a la violación de los derechos humanos en Cuba todos atravesados por la discriminación política y la arbitrariedad de fiscales, tribunales y jueces.

El fraude del referéndum y la represión.

El resultado del referéndum contará con la misma credibilidad que pueden tener las “selecciones” o “elecciones” en Cuba. La unidad de poderes condiciona la sumisión de los poderes electorales, del registro de electores y del conteo de votos a unos poderes unificados al servicio del PCC. No habrá observadores internacionales de la ONU para monitorear el registro electoral ni el conteo de votos. El gobierno no ha invitado a los observadores internacionales que no pueden entrar al país sino se les invita. No existe en el país instituciones independientes legales que puedan validar la calidad del referéndum y evitar el fraude. Frente a esta situación, es la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil las que se han activado para convertirse en un voto negativo, la abstención y a la vez, convertirse en observadores de las irregularidades el próximo 24 de febrero. La apabullante y represiva campaña por el Sí por parte del Gobierno, dueño de los medios de difusión, ha tenido su respuesta por los opositores y activistas de Derechos Humanos.

Frente a esta respuesta ciudadana el Gobierno decide aumentar la represión contra la sociedad civil independiente centrado sobre todo en las organizaciones más numerosas y en los líderes más reconocidos internacionalmente. Mantiene los 142 presos políticos, muchos miembros de las Damas de Blanco y de la UNPACU, secuestra activistas como el reciente secuestro de Claudio Fuentes y José Daniel Ferrer, allanan viviendas, como la sede de UNPACU en Santiago de Cuba y ocho casas de opositores de UNPACU el lunes 11 de febrero, confiscan instrumentos de trabajo y bienes personales, una represión por ser conocidos lideres que se oponen o se pronuncian por la abstención frente al referéndum de la Constitución. La respuesta represiva del gobierno se incrementará en los próximos días y el mismo 24 de febrero para impedir a los opositores y activistas votar NO, pero también para evitar la acción de observación en el conteo de votos por los ciudadanos en general y por los opositores y activistas de derechos humanos. No será la primera vez que expulsen de manera arbitraria a los ciudadanos de los colegios electorales en el momento del conteo de voto, derecho existente en la legislación cubana. Basta recordar el video del 13 de febrero de 2017 cuando Díaz Canel aún no presidente “designado”, atacó a los candidatos independientes a las elecciones parciales de octubre de 2017. Esto ha ocurrido en cada “selección” aunque lo novedoso de este próximo 24 de febrero es la masividad expresa del descontento popular por las erráticas políticas públicas del gobierno y la activación e incremento de la sociedad civil cubana independiente frente a una nueva Constitución estalinista que no garantiza ningún derecho.

[1] Los militantes del Partido único son menos de 700.000 habitantes. La población cubana asciende a más de 11 millones de ciudadanos.

[2] Foro de discusión sobre el Proyecto de Constitución en Cubadebate.cu del 28 y 29 de agosto de 2018.

Fuente: (Cubaencuentro)