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22.04.10

Argentina-Uruguay: ¿Un conflicto bilateral menos en América Latina?

El fallo, sumamente equilibrado, no dio la razón absoluta a ninguna de las partes, y si bien ambas se mostraron satisfechas, del lado uruguayo había más alegría al obtener una mayor cuota de razón que los argentinos, especialmente en la cuestión esencial de la demanda: la fábrica no contamina.
Por Carlos Malamud

(Infolatam) La Corte Internacional de Justicia de La Haya ha fallado sobre el conflicto que enfrenta a Argentina y Uruguay por la construcción de una fábrica de pasta de celulosa (pastera en jerga rioplatense) a orillas del río Uruguay. El veredicto del alto Tribunal es inapelable y vinculante, debe ser acatado por ambas partes, y frente a él no cabe recurso alguno. El contencioso fue iniciado en 2006 por Argentina, y en torno a este punto habría que recordar el fracaso de la mediación del rey de España debido a la intransigencia de ambas partes.

El fallo, sumamente equilibrado, no dio la razón absoluta a ninguna de las partes, y si bien ambas se mostraron satisfechas, del lado uruguayo había más alegría al obtener una mayor cuota de razón que los argentinos, especialmente en la cuestión esencial de la demanda: la fábrica no contamina. De otro modo, y ese era el máximo temor de Uruguay, se podría haber ordenado desmantelar la planta, lo que hubiera tenido mayores implicaciones políticas y económicas.

La sentencia se centró en cosas probadas, y no en especulaciones o deseos: la vulneración del Tratado del río Uruguay por la República Oriental y la incapacidad del gobierno argentino de probar la contaminación del río y sus escaso impacto sobre la vida cotidiana de los vecinos o sobre sus actividades económicas. La Corte dividió su sentencia en tres partes. Por un lado (13 votos contra uno), señaló que Uruguay "incumplió obligaciones procesales", por el otro (11 contra tres), dijo que Uruguay no incumplió "obligaciones de fondo", y de forma unánime desestimó el resto de los reclamos argentinos.

Si bien dijo que "Uruguay no transmitió a la Comisión Administradora del Río Uruguay la información requerida respecto de las pasteras", a pesar de los pedidos en ese sentido, también agregó que carecía de pruebas para determinar si hubo contaminación sonora y visual. Un criterio similar se aplicó sobre los malos olores alegados por Argentina. De forma concluyente remarcó: "La Corte desestima, en base a la documentación presentada, que la tecnología utilizada por la pastera no cumpla con la utilización de las mejores técnicas para el tratamiento de afluentes... No se puede atribuir a Uruguay el cambio de las aguas... No hay elementos suficientes para decir que Uruguay violó sus obligaciones con respecto a la protección de la fauna y la flora".

Rápidamente, tras conocerse el fallo, la prensa de las dos partes intentó llevarse el gato al agua, o presentar como victoriosa su posición. Mientras los argentinos pusieron el acento en la violación del Tratado del río Uruguay, los uruguayos centraron sus comentarios en la satisfacción del gobierno y en la inexistencia de una orden que les obligara a desmantelar la planta. De ahí que la siguiente frase de la sentencia fuera muy comentada: "No hay motivos para ordenar el cese. Ordenar el desmantelamiento de la planta no sería adecuado".

A la vista de lo actuado en todos estos años por unos y otros caben algunas preguntas. Para Argentina, el interrogante principal que uno podría formular es si era necesario llegar hasta los extremos a los que se arribó, si la conducta uruguaya de no respetar los mecanismos bilaterales existentes merecía una respuesta tan brutal como la expresada por los piqueteros y los gobiernos de Entre Ríos y de la nación argentina, comenzando por el bloqueo de los puentes internacionales y acudiendo a La Haya. Para Uruguay, si no hubiera sido más conveniente cumplir con los trámites preceptivos, lo que les hubiera ahorrado más de un disgusto. Pero si algo demostró el contencioso fue la incapacidad del Mercosur, y de sus gobiernos, de solucionar la disputa o de arbitrar los resultados para llegar al mismo resultado.

En realidad, si hubiera que dictaminar la existencia de un ganador éste debería ser, por los puntos, Uruguay, cuyas principales tesis (la planta no contamina ni debe ser desmantelada), fueron refrendadas por los magistrados internacionales. Con todo, lo más importante no es tanto lo que ha pasado, o el contenido del fallo, sino lo que va a ocurrir en el futuro. ¿Serán capaces ambos gobiernos de reconducir la situación y retornar a la plena normalidad de sus relaciones bilaterales? Las reuniones mantenidas por los presidentes Mujica y Kirchner así podrían insinuarlo.

Sin embargo, hay un tema pendiente de respuesta que va a condicionar la resolución definitiva del conflicto: ¿tendrá el gobierno argentino la voluntad política y la determinación necesaria para acabar con el bloqueo del puente internacional en Gualeguaychú? Su actitud frente a la violación sistemática por los piqueteros locales de la legalidad nacional e internacional será clave para poner punto final al diferendo más absurdo en la historia de ambos países.

Fuente: Infolatam